1.1 Misión, visión, funciones y deberes
¿Quiénes somos?
La Superintendencia de Vigilancia y Seguridad Privada es un organismo del orden nacional, de carácter técnico, adscrito al Ministerio de Defensa Nacional, con autonomía administrativa y financiera. Le corresponde ejercer el control, inspección y vigilancia sobre la industria y los servicios de vigilancia y seguridad privada.
Misión institucional
La Superintendencia de vigilancia y Seguridad Privada ejerce control, inspección, vigilancia e impulsa la legalidad en la prestación del servicio en la industria de los servicios de seguridad privada, a través de mecanismos que generen transparencia, confianza y eficiencia, para fortalecer la seguridad humana basada en la igualdad en todo el territorio nacional.
Visión estratégica
Para el año 2032, la Supervigilancia será reconocida a nivel nacional como entidad con buenas prácticas en el ejercicio del control, inspección y vigilancia del sector, mediante una gestión administrativa y coordinación interinstitucional eficaz que aporta a la construcción de Colombia como potencia mundial de la vida.
Política de Calidad
La Supervigilancia es una entidad comprometida con el cumplimiento y logro de sus objetivos, ejerciendo el control, inspección y vigilancia sobre los servicios de vigilancia y seguridad privada en Colombia, con la optimización en la prestación de los servicios en respuesta a las necesidades y expectativas de nuestros grupos de valor y de interés.
Para el logro de estos propósitos, la entidad cuenta con un equipo humano competente y comprometido, cumple con los requisitos legales y normativos establecidos, asigna los recursos necesarios y mejora continuamente la eficacia, eficiencia y efectividad del Sistema de Gestión de la Calidad.
Objetivos de Calidad
- Aumentar el nivel de satisfacción de nuestros grupos de valor y de interés
- Fortalecer las competencias del Talento Humano de la entidad
- Cumplir los objetivos institucionales gestionando adecuadamente los recursos
Funciones y deberes
De la naturaleza jurídica, objetivos, competencia y funciones.
Artículo 1. Naturaleza jurídica. La Superintendencia de Vigilancia y Seguridad Privada es un organismo del orden nacional, de carácter técnico, adscrito al Ministerio de Defensa Nacional, con autonomía administrativa y financiera.
Artículo 2. Objetivos. A la Superintendencia de Vigilancia y Seguridad Privada le corresponde ejercer el control, inspección y vigilancia sobre la industria y los servicios de vigilancia y seguridad privada para alcanzar los siguientes objetivos:
- Mejorar los niveles de seguridad y confianza pública mediante la acción coordinada con las diferentes entidades y organismos estatales.
- Asegurar que en desarrollo de las actividades de vigilancia y seguridad privada se respeten los derechos y libertades de la comunidad.
- Proveer información confiable, oportuna y en tiempo real para que el Estado tome las decisiones de formulación de política, regulación e inspección, vigilancia y control relacionadas con los servicios de vigilancia y seguridad privada.
- Proveer información, confiable, oportuna y en tiempo real para los usuarios de los servicios de vigilancia y seguridad privada, relacionada con la legalidad, idoneidad y capacidades técnicas de los prestadores de dichos servicios.
- Brindar una adecuada protección a los usuarios de servicios de vigilancia y seguridad privada.
Artículo 3. Competencia. Corresponde a la Superintendencia de Vigilancia y Seguridad Privada, la inspección, vigilancia y control de los siguientes servicios:
- De vigilancia y seguridad en todas sus modalidades.
- De transporte de valores.
- De blindajes para vigilancia y seguridad privada.
- Comunitarios y especiales de vigilancia y seguridad privada.
- De capacitación y entrenamiento en vigilancia y seguridad privada.
Artículo 4. Funciones de la Superintendencia de Vigilancia y Seguridad Privada. Para el cumplimiento de los objetivos previstos la Superintendencia, como ente responsable de dirigir, coordinar y ejecutar las funciones de inspección, vigilancia y control sobre los servicios de vigilancia y seguridad privada que se desarrollen en el territorio nacional, cumplir con las siguientes funciones:
Funciones de reglamentación y autorización:
- Expedir la reglamentación relacionada con la utilización de equipos, medios y elementos utilizados por los vigilados para el desarrollo de sus labores.
- Expedir las licencias de funcionamiento, credenciales y permisos a los prestadores de servicios.
- Desarrollar y aplicar mecanismos para evitar que personas no autorizadas presten servicios de vigilancia y seguridad privada.
- Autorizar, llevar un registro y ejercer control sobre los equipos armados que se emplean en la prestación de servicios de vigilancia y seguridad privada.
Funciones de asesoría y coordinación
- Asesorar al Gobierno Nacional en la formulación de la política en materia de vigilancia y seguridad privada.
- Colaborar con los organismos de seguridad y entidades del Estado, en el diseño y el desarrollo de planes y programas de seguridad ciudadana.
- Desarrollar y aplicar mecanismos de coordinación entre los servicios de vigilancia y seguridad privada y la Policía Nacional.
Funciones de información:
- Desarrollar y administrar un sistema de información detallado respecto de los riesgos que genera la prestación de los servicios de vigilancia y seguridad privada.
- Llevar el registro de las organizaciones prestadoras de servicios.
- Mantener informada a la ciudadanía sobre los alcances de las actividades o servicios del sector y sobre las obligaciones de personas naturales y jurídicas.
- Establecer una red de comunicación permanente con los organismos de seguridad del Estado, con la finalidad de intercambiar información para agilizar los trámites.
- Establecer sistemas de evaluación del desempeño de los entes vigilados.
Funciones de instrucción
- Instruir a los vigilados sobre las disposiciones que regulan su actividad, fijar criterios técnicos y jurídicos que faciliten el cumplimiento de las normas.
Funciones de vigilancia e inspección
- Vigilar el cumplimiento de las disposiciones legales que regulan el servicio de Vigilancia y Seguridad Privada.
- Coordinar con la Dirección General de la Policía Nacional, con el Comando General de las Fuerzas Militares y otras entidades estatales, el apoyo en la realización de visitas de inspecciones y demás actividades relacionadas con la prestación de los servicios vigilados.
Funciones de investigación
- Interrogar bajo juramento y con observancia de las formalidades previstas, a cualquier persona cuyo testimonio pueda resultar útil para el esclarecimiento de los hechos durante el desarrollo de sus funciones de inspección e investigación.
- Adelantar averiguaciones y obtener los elementos materiales probatorios que requiera de personas, instituciones o empresas, ajenas al sector de la industria de la vigilancia y la seguridad privada, siempre que resulten necesarias en el desarrollo de su función.
- Adelantar las investigaciones y diligencias necesarias conforme a la ley, por infracciones a las normas e imponer los correctivos y sanciones del caso.
- Ejercer funciones de policía judicial en la medida que lo requiera el cumplimiento del objeto misional de acuerdo con lo previsto en las normas vigentes.
Funciones de sanción
- Imponer multas, medidas cautelares y sanciones, tanto a las personas naturales o jurídicas que realicen actividades exclusivas de los vigilados sin contar con la debida autorización, como a los vigilados que incurran en irregularidades.
Funciones de trámites
- Atender los reclamos de la ciudadanía sobre los servicios prestados por los vigilados y las denuncias sobre la prestación en personas naturales o jurídicas no autorizadas.
- Adelantar una gestión adecuada de las peticiones, quejas y reclamos para identificar fallas recurrentes.
Fecha de publicación 13/12/2017
Última modificación 23/04/2024