Requisitos para obtener credencial de Consultor, Asesor, Investigador o Guía y/o Instructor Canino en Vigilancia y Seguridad Privada
¿Conoces cuales son los requisitos para obtener la credencial de Consultor, Asesor, Investigador o Guía/Instructor Canino en Seguridad Privada?
Aquí te los contamos...
De acuerdo con lo dispuesto en el Decreto 356 de 1994, en su artículo 62, Las personas naturales que soliciten la credencial de asesor, consultor o investigador de seguridad privada, deberán:
Presentar la solicitud ante la Superintendencia de Vigilancia y Seguridad Privada con sus datos personales:
- Nombre
- documento de identidad,
- domicilio y modalidad del servicio y adjuntando la hoja de vida,
- certificaciones académicas y laborales.
Si son integrantes de la Fuerza Pública, deben aportar los documentos que certifiquen su calidad de RETIRO.
El Decreto 1070 de 2015, señala que, para obtener acreditación como consultor, asesor o investigador en seguridad privada, se requiere acreditar uno de los requisitos allí enunciados; respectivamente, así:
Para ser CONSULTOR debes acreditar:
- Ser oficial superior de la Fuerza Pública en retiro con postgrado en áreas de seguridad o defensa.
- Título de formación universitaria o ser oficial Superior de la Fuerza Pública en retiro
- Dos (2) años de experiencia en cargos administrativos u operativos en seguridad privada.
- 7 Años (7) de Experiencia relacionada en manejo de servicios de vigilancia y seguridad privada, como de jefe de Operaciones o director de Seguridad.
También pueden ser consultores
- Los ex funcionarios del Departamento Administrativo de Seguridad DAS que hubieren ejercido cargos por un periodo no inferior a tres (3) años como director, subdirector, secretario general, director general de Inteligencia, director general Operativo y subdirectores, directores Seccionales y subdirectores Seccionales y director técnico de Academia y jefe de Oficina de Protección Especial.
- Las personas que acrediten título universitario como administrador policial conforme a la ley 1249 de 2008 y demás normas que la desarrollen o reglamenten.
Para ser ASESOR debes acreditar:
- Título de formación universitaria o ser oficial de la Fuerza Pública en retiro.
- Un año de experiencia en cargos administrativos u operativos en seguridad privada.
- Postgrado en áreas de seguridad privada o seguridad integral.
- Diplomado en áreas de vigilancia y seguridad privada.
- Tres (3) años de experiencia específica o relacionada con el manejo de servicios de vigilancia y seguridad privada, en calidad de jefe de operaciones o director de seguridad privada.
- Cinco (5) años de experiencia específica o relacionada con el manejo de servicios de vigilancia y seguridad privada en calidad de jefe de operaciones o director de seguridad.
También pueden ser asesores
- Los ex funcionarios del Departamento Administrativo de Seguridad DAS, que hubieren ocupado por un periodo no inferior a tres (3) años como profesional operativo, criminalística especializada, subdirector de academia o ejercido como coordinadores en la Oficina de Protección especial.
- Miembros de la Fuerza Pública en retiro, que se hubiesen desempeñado como oficiales, mandos medios o suboficiales por un periodo no inferior a tres (3) años y postgrado en áreas de seguridad privada o seguridad integral.
Para ser INVESTIGADOR debes aportar:
- Diplomado en áreas relacionadas con vigilancia y seguridad privada y experiencia específica o relacionada con el manejo de servicios de vigilancia y seguridad privada, en calidad de jefe de operaciones o director de seguridad por un tiempo no inferior a un (1) año.
- Tres (3) años de experiencia específica o relacionada con manejo de servicios de vigilancia y seguridad privada en calidad de jefe de operaciones o director de seguridad.
- Los ex funcionarios del Departamento Administrativo de Seguridad DAS, que hubieren ocupado por un período no inferior a tres (3) años como detectives o empleos del área operativa.
- Miembros de la Fuerza Pública en retiro, que se hubiesen desempeñado como oficiales o suboficiales por un período no inferior a un año.
En el caso de GUÍA Y/O INSTRUCTOR CANINO es importante tener en cuenta los siguientes definiciones y requisitos:
GUÍA CANINO: Persona que posee conocimientos generales acerca del manejo y trabajo con perros y que tiene una formación acreditada y certificada.
INSTRUCTOR CANINO: Persona idónea y acreditada en el área canina que imparte Instrucción al personal seleccionado con el fin de trasmitir los conocimientos adquiridos por capacitación y experiencia en trabajo con caninos.
Los requsitos en este tipo de acreditación son:
Carta de solicitud dirigida a la Superintendencia de Vigilancia y Seguridad Privada suscrita por el interesado en la cual se solicite la autorización de acreditación como guía y/o instructor canino indicando la especialidad.
Documento de identidad de la persona que solicita la acreditación como guía y/o instructor canino.
Autorización para verificar antecedentes judiciales, la cual debe contener: nombre completo, número de identificación, firma y huella del interesado en obtener la acreditación como guía y/o instructor canino.
Hoja de vida firmada, con las certificaciones académicas y laborales correspondientes del interesado en obtener la acreditación como guía y/o instructor canino.
Certificado que lo acredite como guía y/o instructor canino expedido por la Fuerzas Militares, la Policía Nacional, la fiscalía general de la Nación (CTI) y las Escuelas de Capacitación debidamente autorizadas por la Superintendencia de Vigilancia y Seguridad Privada.
Fecha de publicación 07/06/2023
Última modificación 23/02/2024